La Corte Suprema de Justicia by @aracalacana

La Corte Suprema de Justicia argentina revocó la sentencia que favorecía a Natalia Denegri vs. Google, rechazó la demanda de la animadora televisiva -que había sido atendida en los fallos de 1ra y 2da instancia- y estableció un fuerte umbral para invocar el “derecho al olvido”


Para la CSJN, “ante las tensiones entre el derecho al honor y la libertad de expresión, este Tribunal sostiene que esta última goza de una protección más intensa siempre que se trate de publicaciones referidas a funcionarios públicos, personas públicas o temas de interés público”


en el examen del caso, los jueces de la Corte sostienen que “no se advierte que la difusión de la información cuestionada (por Denegri) importe una grave afectación de la privacidad”, restándole sustento constitucional a la demanda.


el fallo de la Corte Suprema de Justicia replica varios argumentos que se discutieron en la audiencia pública organizada por el tribunal, donde expusieron abogados de las partes (Denegri y Google) y también el procurador Víctor Abramovich (quien había hecho un razonado dictamen)


por eso, y en una especie de “obiter dictum”, la Corte hace consideraciones sobre los criterios con los que Google organiza la “relevancia” del motor de búsqueda, que distan de ser neutros. Su abogado, Gronona (h), trastabilló en la audiencia cuando fue preguntado al respecto


acá comparto la “noticia en desarrollo” de quien ha cubierto este caso desde el principio, @videmasi

https://www.eldiarioar.com/sociedad/corte-suprema-rechazo-pedido-denegri-google-no-debera-desindexar-video-relacione-caso-coppola_1_9126210.html


y acá el análisis que hice del “caso Denegri”, que contiene paradojas interesantísimas en la tensión referida entre derecho al honor y derecho a la libertad de expresión

https://martinbecerra.wordpress.com/2022/04/07/la-corte-define-entre-derecho-al-olvido-y-libertad-de-expresion/


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